Propietario? Que Sunat no te multe: Averigua si debes declaración tu predio y cómo hacerlo
Cada año, miles de personas se encuentran obligadas a presentar ante la Sunat su Declaración de Predios. Este año, la fecha máxima para hacerlo empezará el 1 de junio. La declaración que se presentará es del año 2016.
José Luis Calle Sánchez, funcionario de la Sunat, explica que los obligados a declarar son las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas, que sean propietarias de predios al 31 de diciembre del 2016.
"El concepto de predio abarca cualquier terreno, puede ser urbano o rustico, puede ser un departamento, puede ser una cochera, un deposito. Eso es lo que es predio, un terreno o una edificación", indica.
Aunque es comúnmente confundido con el Impuesto Predial, la declaración de predios tiene solo una finalidad informativa. "Lo que la Sunat exige no es un impuesto, sino que se comunique la información de los predios o la variación de predios que haya tenido una persona", señala el funcionario.
OBLIGADOS A DECLARAR
El primer supuesto será el de aquella persona que tiene dos o más predios, cuyo valor de autovalúo supera los S/150 mil. "Este autovalúo es generado por la municipalidad distrital. Lo podemos verificar en el HR y en el PU. Básicamente en el PU está el valor del autovalúo", dice Calle.
También se encuentran obligados quienes que tienen dos o más predios que hayan sido cedidos a terceros, estos pueden ser hermanos o inquilinos. "Puede ser a titulo oneroso o gratuito para realizar alguna actividad económica", agrega.
El tercer supuesto es aquella persona que tiene solo un predio que supere los S/150 mil, y que haya sido subdividido o ampliado para cederlo a terceros, como hermanos, por ejemplo. Las subdivisiones no debe estar independizadas en Registros Públicos.
EL PRIMER SUPUESTO SERÁ EL DE AQUELLA PERSONA QUE TIENE DOS O MÁS PREDIOS CUYO VALOR DE AUTOVALÚO SUPERA LOS S/150 MIL.
El funcionario también se refiere a las excepciones, que alcanzan a las personas que son propietarias de departamentos o edificios con áreas comunes. "Si en una sola edificación tengo el departamento, la cochera y el deposito, y está bajo este régimen de propiedad horizontal, no importa el valor, no se declara", añade. Las empresas también se encuentran exentas de declarar.
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